Baleares: El Govern aprueba el decreto para implantar energías renovables

may 15, 2015
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Enviado por: Troposfera
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El Govern ha aprobado hoy el decreto de planificación de las instalaciones de producción de energías renovables en las Islas Baleares, donde sólo el 2 % de la energía que se consume es de este tipo frente al porcentaje del 20 % de la península.

La comunidad cuenta desde hoy con el primer plan específico de energías renovables, lo que aporta seguridad jurídica a todos los actores y establece un desarrollo ordenado de estas fuentes energéticas, ha destacado en rueda de prensa el conseller de Economía y Competitividad, Joaquín García, que ha asegurado: "esta iniciativa nos sitúa en el siglo XXI".

El decreto de modificación del Plan Director Sectorial Energético de las Islas Baleares nace de la necesidad de incrementar la producción de energía eléctrica procedente de fuentes renovables, para cumplir con las previsiones autonómicas, estatales y europeas en materia de energías renovables y de reducción de las emisiones de CO2.

La finalidad es conseguir en 2020 una reducción del 20 % de los gases de efecto invernadero, ahorrar un 20 % del consumo de energía gracias a la eficiencia energética y promover las energías renovables hasta el 20 %.

"Somos ambiciosas y esperamos superar en mucho más el 20 % en 2020", ha afirmado el conseller, que ha explicado que esta norma se centra en las tecnologías consideradas maduras y capaces de participar de forma significativa en la producción eléctrica, como son la fotovoltaica y la eólica.

El conseller ha subrayado el "acuerdo total" logrado con entidades ecologistas como el GOB o Amics de la Terra y con asociaciones de consumidores en la elaboración de este decreto en cuya redacción han participado.

El Plan Director Sectorial Energético establece las posibilidades de instalación de energías renovables en función de sus características y ubicación, para que su desarrollo se lleve a cabo de forma que no afecte negativamente al territorio ni al paisaje.

Incluye mapas de aptitud territorial para acoger instalaciones de energías renovables, combinando las posibilidades técnicas y de recursos naturales con los criterios paisajísticos y medioambientales, creando tres zonas según la aptitud y otras de exclusión.

Las zonas de aptitud alta están formadas por aquellos suelos de mayor aptitud ambiental y territorial para acoger las instalaciones y, por tanto, que se consideran prioritarios para la implantación de las mismas.

Las zonas de aptitud media están formadas por suelos con menos aptitud que los de la zona anterior, dado que se identifican características ambientales o territoriales que suponen alguna limitación, no crítica, para la implantación de estas instalaciones.

Las zonas de aptitud baja están formadas por suelos de menor aptitud que las dos zonas anteriores dado que confluyen un mayor número de características ambientales o territoriales que suponen alguna limitación, no crítica, para la implantación de estas instalaciones.

Las zonas de exclusión están formadas por todos espacios naturales protegidos como la Sierra de la Tramuntana.

El objetivo de la planificación territorial de las energías renovables es que en las zonas aptas el proceso de tramitación de las instalaciones sea más sencillo, dado que ya se han descartado las zonas más sensibles en términos de protección de riesgos ambientales, espacios naturales protegidos, hábitats, fauna, conectividad ecológica y planeamiento territorial vigente, entre otros.

En este sentido, en el caso de las instalaciones fotovoltaicas se favorece la utilización de las cubiertas de las edificaciones y las pequeñas instalaciones.

El desarrollo de grandes parques fotovoltaicos, de más de 4 hectáreas, se deberán tramitar por vía de declaración de interés general y estarán sujetos a procesos administrativos con la participación de los agentes interesados, que deberán velar para que estas infraestructuras no afecten negativamente al entorno y a la capacidad de producción agrícola del territorio.

Además, deberán situarse o bien en espacios degradados como canteras abandonadas o en vertederos a restaurar, o en terrenos de baja productividad agrícola. También podrán integrarse de forma efectiva con la actividad agraria, de acuerdo con lo establecido en la legislación agraria vigente.

En cuanto a la energía eólica se fomentan las instalaciones microeólicas en espacios urbanos, así como los aerogeneradores de pequeña potencia.

Quedan prohibidos los parques eólicos en la Serra de Tramuntana y otros entornos singulares. En las zonas aptas, los parques eólicos también deberán tramitarse por vía de declaración de interés general y con procesos de participación ciudadana.

Para las instalaciones eólicas y fotovoltaicas se establece la obligatoriedad de evaluar el efecto acumulativo de todos los proyectos, así como la delimitación de una zona de 500 metros de aptitud baja en el entorno de los espacios protegidos o de interés ambiental.

Atendiendo a las particularidades territoriales de las Pitiusas, se reduce la superficie máxima de las pequeñas instalaciones fotovoltaicas, que pasa de 0,3 a 0,15 hectáreas y con potencia no superior a 100 kW.

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